LEYES DE REFORMA
Las leyes de reforma ordenaban que la iglesia no participará en los asuntos del gobierno, que sus terrenos y casas pudieron ser vendidas para el pago de deudas, que cada quien fuera libre de escoger su religión.
Ley de desamortización de las fincas Rusticas y urbanas de las corporaciones civiles y religiosas de México. Fue promulgada por el presidente Ignacio Comonfort el 25 de junio de 1856.
La ley tenia como objetivos crear una clase rural.
Según lo estipulado en el articulo 8 de la ley Lerdo, se exceptuaban de la enajenación los edificios destinados inmediata y directamente al servicio u objeto del instituto de las corporaciones, aun cuando se arrendaba alguna parte no separada de ellos, como los conventos, palacios episcopales y municipales, colegios, hospitales, hospicios, mercados casas de corrección de beneficencia.
Se expidió el 11 de abril de 1857. Este ordenamiento formo parte del primer grupo de leyes liberales que Ignacio Comonfort, quien había sustituido a Juan Álvarez en a presidencia de la Republica, expidió antes de estallar a finales de 1857 la Guerra de Tres Años o de Reforma.
Las leyes de reforma ordenaban que la iglesia no participará en los asuntos del gobierno, que sus terrenos y casas pudieron ser vendidas para el pago de deudas, que cada quien fuera libre de escoger su religión.
LEY LERDO:
Ley de desamortización de las fincas Rusticas y urbanas de las corporaciones civiles y religiosas de México. Fue promulgada por el presidente Ignacio Comonfort el 25 de junio de 1856.
La ley tenia como objetivos crear una clase rural.
Según lo estipulado en el articulo 8 de la ley Lerdo, se exceptuaban de la enajenación los edificios destinados inmediata y directamente al servicio u objeto del instituto de las corporaciones, aun cuando se arrendaba alguna parte no separada de ellos, como los conventos, palacios episcopales y municipales, colegios, hospitales, hospicios, mercados casas de corrección de beneficencia.
LEY IGLESIAS:
Se expidió el 11 de abril de 1857. Este ordenamiento formo parte del primer grupo de leyes liberales que Ignacio Comonfort, quien había sustituido a Juan Álvarez en a presidencia de la Republica, expidió antes de estallar a finales de 1857 la Guerra de Tres Años o de Reforma.
LEY JUAREZ:
Fue expedida durante el gobierno del general Juan Álvarez el Lic. Benito Juárez el 23 de noviembre de 1855, era ministro de justicia del gabinete de Juan Álvarez. Esta ley fue constituida por 77 artículos mas otros cuatro transitorios.
Fue expedida durante el gobierno del general Juan Álvarez el Lic. Benito Juárez el 23 de noviembre de 1855, era ministro de justicia del gabinete de Juan Álvarez. Esta ley fue constituida por 77 artículos mas otros cuatro transitorios.
La importancia de esta ley radico en la supresión de los tribunales especiales, en lo referente a los delitos del fuero común y también por que se modifico el sistema de fueros. Esta ley la defendió desde el punto de vista religioso don Juan Bautista Morales Uno de los artículos transitorios obligaba a los funcionarios judiciales prestar juramento para el cumplimiento de la Ley.
LEY LAFRAGUA:
La ley La ragua o reglamento de la libertad de Imprenta fue expedida en México el 28 de diciembre. Es considerada una de las principales Leyes de Reforma.
La Ley Lafragua la cual indicaba que nadie podría ser molestado por sus opiniones, prohibiéndose así la censura. Si bien la Ley Lafragua terminó con la opresión y autoritarismo de la Ley Lares, se le considera la más moderada de las Leyes de Reforma.
Los autores de artículos periodísticos se deberían hacer responsables de sus escritos firmándolos, por otra parte, no era permitido el abuso de la libertad de imprenta, especialmente en materia religiosa y gubernamental.
La ley La ragua o reglamento de la libertad de Imprenta fue expedida en México el 28 de diciembre. Es considerada una de las principales Leyes de Reforma.
La Ley Lafragua la cual indicaba que nadie podría ser molestado por sus opiniones, prohibiéndose así la censura. Si bien la Ley Lafragua terminó con la opresión y autoritarismo de la Ley Lares, se le considera la más moderada de las Leyes de Reforma.
Los autores de artículos periodísticos se deberían hacer responsables de sus escritos firmándolos, por otra parte, no era permitido el abuso de la libertad de imprenta, especialmente en materia religiosa y gubernamental.